ORGANIZACIONES Y ORGANISMOS PÚBLICOS DE CATALUÑA

09.11.2013 09:47

Generalitat de Catalunya   

La Generalitat es el sistema institucional en que se organiza políticamente el autogobierno de Catalunya, y está integrada por el Parlament, la Presidencia de la generalitat, el Gobierno y las instituciones, el Consejo de garantías estatutarias, el Síndic de Greuges, la Sindicatura de Cuentas y el Consejo del Audiovisual de Cataluña.

Los municipios, las comarcas y los otros entes locales que las leyes determinen integran también el sistema institucional de la Generalitat, como entes en los que esta se organiza territorialemnte, sin perjuidico de su autonomía.

Los poderes de la Generalitat emanan del pueblo de Cataluña y se ejercen de acuerdo con lo que establecen este Estatuto y la Constitución

En el Estatuto de Autonomía 2006, Título IV, ART. 171. TURISMO Corresponde a la Generalitat la competencia exclusiva en materia de turismo, que incluye en todo caso:

  1. La ordenación y la planificación del sector turístico.
  2. La promoción del turismo que incluye la suscripción de acuerdos con entes extranjeros y la creación de oficinas en el extranjero.
  3. La regulación y la clasificación de las empresas y establecimientos turísticos y la gestión de la red de establecimientos turísticos de titularidad de la Generalitat. Con el fin de facilitar la coordinación entre éstos y los establecimientos de la red de Paradores del Estado que se ubican en Cataluña, la Generalitat participa, en los términos que establezca la legislación estatal, en los órganos de administración de Paradores de Turismo de España.
  4. La regulación de los derechos y deberes específicos de los usuarios y prestadores de servicios turísticos y de los medios alternativos de resolución de conflictos.
  5. Las enseñanzas y la formación sobre turismo que no den derecho a la obtención de un título oficial.La fijación de los criterios, la regulación de las condiciones y la ejecución y el control de las líneas públicas de ayuda y promoción de turismo.


 

Estructura de la Administración

        - Departamento de empresa y empleo

        - Gabinete del Consejero de Empresa y Empleo

        - Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información

        - Secretaría General de Empresa y Empleo

        - Secretaría de Empleo y Relaciones Laborales

        - Secretaría de Empresa y Competitividad

Dentro de Secretaría de Empresa y Competitividad, incluyendo Dirección General de Turismo

Dirección General de Turismo encarga de:

Conocimiento y estrategia

Ayudas, subvenciones y financiación

Empresas y establecimientos turísticos

Rutas nacionales de Cataluña

Formación - Profesionales del turismo

Oficinas de turismo


https://www10.gencat.cat/sac/AppJava/organigrama.jsp?codi=15638&jq=2000


http://www20.gencat.cat/portal/site/empresaiocupacio/menuitem.347153a44635ea01a6740d63b0c0e1a0/?vgnextoid=fe91af428efed210VgnVCM2000009b0c1e0aRCRD&vgnextchannel=fe91af428efed210VgnVCM2000009b0c1e0aRCRD&vgnextfmt=default


Agencia Catalana de Turismo (ACT)

La Agencia Catalana de Turismo (ACT) es el organismo del Gobierno de la Generalitat de Catalunya que se encarga de llevar a cabo las políticas de promoción turística, es un proyecto aprobado en el año 2007 y que vio la luz el pasado 1 de enero de 2010 La ACT se define como el primer ente mixto público-privado de promoción que se constituye en España a nivel de Comunidad Autónoma. Desde principios del año 2010 sustituye al antiguo consorcio Turisme de Catalunya, que hasta entonces se había encargado de realizar esta tarea.

La Agencia Catalana de Turismo nace como entidad de derecho público de la Generalitat mediante la Ley 15/2007, de 5 de diciembre, con el objetivo de promover Cataluña como destino turístico de referencia, basándose en su calidad y rentabilidad social y económica, de acuerdo con las competencias que el artículo 171 del Estatuto de Autonomía de Cataluña otorga en materia de turismo.

Precisamente, este relevo del consorcio por la Agencia al frente de la difusión de los atractivos del territorio catalán en el exterior representa un antes y un después en la estrategia promocional catalana. La principal novedad, que ahora toma fuerza, es la cogestión y la coparticipación del sector privado en las responsabilidades de promover y vender la oferta catalana por todo el mundo.

La obtención de resultados medibles es una de las directrices prioritarias del nuevo organismo, cuya orientación se enfoca a los recursos turísticos y las empresas del sector. En este sentido, desde la ACT se da apoyo a la comercialización de productos, y también se fomenta la autogeneración de recursos de financiamiento propio.

Organisme público-privado

La ACT depende del Departamento de Empresa y Empleo y está constituida por la Generalitat de Catalunya y por el Consejo General de Cámaras de Comercio de Cataluña, en representación del sector privado. Entre las entidades territoriales, están los patronatos de Turismo de las Diputaciones de Barcelona, Tarragona, Lleida y Girona, así como la entidad mixta público-privada de promoción de la capital catalana, Turisme de Barcelona.

Tal y como se establece sus Estatutos, modificados con el Decreto 165/2010, el Consejo de Dirección es el encargado de aprobar el programa de actuación de la ACT. El Departamento de Empresa y Empleo, el Consejo de Cámaras, los organismos provinciales de promoción de las Diputaciones y las empresas privadas nutren la Agencia de los fondos necesarios para su funcionamiento.

Durante el primer año de gestión, la ACT organizó más de 300 acciones estratégicas de promoción, algunas de ellas muy significativas, como los Años de Cataluña en otros países o el macroworkshop de comercialización Buy Catalunya, iniciativas que se mantienen año tras año en el calendario.

La ACT publica anualmente una Memoria que recoge todas las actuaciones realizadas a lo largo del año.

https://www.act.cat/


Fundacions

Entidades que desarrollan determinadas actividades de fomento o complementarias de actividades públicas, siempre y cuando estén previstas también aportaciones del sector privado. Su actividad no puede estar principalmente orientada a la prestación de servicios públicos ni la tenencia de participaciones empresariales, y en ningún caso podrá ejercer potestades públicas.

https://www10.gencat.cat/sac/AppJava/info.jsp?tipus=fundacions